Google Apps. Entrar y salir de la cuenta

Para acceder a los servicios que proporciona Google Apps, es necesario disponer de un nombre de usuario y de una contraseña para identificarse como tal. En esta lección se explica cómo acceder a la cuenta de Google Apps.


Entrar en la cuenta de Google Apps

  1. Para acceder a la cuenta de Google Apps, abra la página de búsqueda de Google, http://www.google.es/

    Google

    y haga clic en el botón "Iniciar sesión".

    Google

  2. Se abrirá la página de inicio de sesión en Google:

    Google. Inicio de sesión

  3. En la página de entrada:

    Google. Inicio de sesión

    Nota: En estos apuntes se utilizarán como usuarios los usuarios ficticios Numa Nigerio, Juan Fulánez y María Mengánez.

  4. Se volverá a mostrar automáticamente la página de búsqueda de Google, pero si ha escrito correctamente el nombre de usuario y la contraseña, el nombre de la cuenta aparecerá en la parte superior derecha:

    Gmail. Bandeja de entrada del usuario


Salir de la cuenta de Google Apps

  1. Una vez se ha terminado la sesión de trabajo, es muy importante cerrar siempre la sesión, es decir, abandonar explícitamente la página de Google Apps para evitar que otra persona pueda entrar en nuestra cuenta usando el ordenador después de nosotros.
  2. Para ello, haga clic en el nombre de usuario situado en la parte superior derecha (o en el pequeño triángulo situado a su derecha):

    Gmail. Bandeja de entrada del usuario

  3. Se desplegará una ventana con información del usuario. Haga clic en el enlace "Cerrar sesión" de esa ventana.

    Google Apps. Cerrar sesión

  4. Al cerrar la sesión, el navegador mostrará de nuevo la págína de búsqueda de Google. El botón "Iniciar sesión" nos indica que hemos cerrado correctamente la sesión.

    Gmail. Pantall de entrada general


Sesiones de Google Apps

Tener una sesión abierta en un servidor significa que el servidor ha identificado quiénes somos y personaliza el contenido de las páginas.

Abrir una sesión es identificarse en el servidor.

Las sesiones abiertas están asociadas a un navegador determinado en un ordenador determinado. Por eso, una vez abierta la sesión, no es necesario volver a decirle al servidor nuestro nombre de usuario y contraseña en cada página que veamos en ese navegador.

Cerrar una sesión es pedirle al servidor que deje de reconocernos, es decir, que vuelva a pedir nuestro usuario y contraseña para podernos enviar contenido personalizado.

Las sesiones se deben cerrar explícitamente, con la opción de "Cerrar sesión". Así nos aseguramos de que personas que usen posteriormente ese ordenador no verán nuestras páginas.

Cuando se cierra una pestaña, la sesión no se cierra. Abriendo otra pestaña y la página web, se mostrará nuestro contenido personalizado.

En principio, cuando se cierra la ventana del navegador, las sesiones se cierran automáticamente, pero no siempre, por lo que no es conveniente tener la costumbre de cerrar la sesión cerrando el navegador.

La opción "No cerrar sesión" de la pantalla del inicio de sesión hace que el servidor no se cierre al cerrar la ventana, sino que durante un tiempo (15 días en el caso de Google), el servidor sigue manteniendo la sesión abierta para ese navegador y ordenador. Si en ese período de tiempo, otra persona abre la página, el servidor nos mostrará las páginas personalizadas, como si hubieramos escrito el nombre de usuario y contraseña.

Si la opción "No cerrar sesión" de la pantalla del inicio de sesión está desmarcada al iniciar la sesión, al cerrar la ventana se cierra la sesión.

Si el ordenador lo utilizan varias personas, es muy conveniente desmarcar siempre la casilla "No cerrar sesión" para evitar problemas.

Si al abrir el navegador se abre automáticamente la sesión de otro usuario, debemos cerrar inmediatamente la sesión, con la opción de "Cerrar sesión". El código penal español considera delito leer el correo de otra persona. Concretamente, el artículo 197.1 establece:

“El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.”

Última modificación de esta página: 25 de febrero de 2015

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Google Appspor Bartolomé Sintes Marco
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